
Es un programa de simplificación de trámites dotado de la tecnología y recurso humano necesario para brindar asesoría integral relacionada con la creación de empresas en la ciudad de Neiva, así como para llevar a cabo el proceso de legalización empresarial en un solo paso y en un solo lugar, integrando a las entidades que hacen parte del mismo.
El CAE se ha consolidado como un único lugar de información, asesoría, servicios y trámites para que la creación de empresa sea fácil, con ahorros significativos en tiempo y dinero para el emprendedor y su objetivo es servir como único contacto entre los comerciantes y las entidades.
- Reducción de tiempo en el proceso de creación de empresa.
- Disminución de costos por servicios de intermediación en cada uno de los pasos para constituir empresa.
- Minimización de los riesgos de corrupción por el contacto con diferentes entidades y personas.
- Iniciación del funcionamiento de la empresa realizando un único proceso en un mismo lugar.
- Disposición de excelente tecnología, para que los empresarios puedan realizar auto consultas y trámites virtuales para la creación y constitución de la empresa.
- Consulta de Homonimia: Antes de llevar a cabo su matrícula es muy importante que realice la consulta del nombre que pretende darle a su establecimiento de comercio o empresa. Hágalo a través de la página web www.rues.org.co o directamente en la Cámara de Comercio, pues un nombre ya existente, no se podrá volver a matricular.
- Información sobre el uso de suelo.
- Diligenciamiento de formulario de Registro Único Empresarial y social RUES
- Preinscripción en el Registro Único Tributario RUT y asignación de NIT.
- Inscripción y matrícula en el Registro Mercantil.
- Expedición del Certificado de Matrícula Mercantil o de Existencia y Representación Legal.
- Inscripción de libros de comercio.
- Inscripción en el Registro de Industria y Comercio del municipio.
- Notificación de apertura del establecimiento de comercio a Planeación Municipal.
- Notificación de apertura del establecimiento de comercio a las secretarías de Salud, Ordenamiento territorial, Hacienda, Gobierno, Medio Ambiente, Cuerpo de Bomberos y Policía Metropolitana.
- Asesoría sobre derechos de autor por ejecución pública de obras musicales.
- Información sobre los beneficios que otorga la ley 1780 de 2016 para pequeñas empresas jóvenes y otorgamiento de los mismos.
Nuestra entidad le ofrece los servicios virtuales de Matricula, Renovación y expedición de certificados
A través de la página web www.cchuila.org , botón Renovaciones y Servicios Registrales
Dispensador de Certificados
Habilitado dentro de las instalaciones de la Cámara de Comercio del Huila. A través de este servicio podrá autogestionar la solicitud de sus certificados, sin turnos y filas.
A través del número telefónico (+57) (8) 8713666 opción 1 ext. 1112 y 1138 pueden solicitar el servicio de renovación a domicilio y sin costo adicional.
Centro de Atención Empresarial CAE
- Beneficios Centro de Atención Empresarial – CAE
- En el CAE usted podrá realizar
- Responsabilidades y obligaciones de los empresarios
- Sanciones
- Servicios Adicionales
1. Reducción de tiempo en el proceso de creación de empresa.
2. Disminución de costos por servicios de intermediación en cada uno de los pasos para constituir empresa.
3 . Minimización de los riesgos de corrupción por el contacto con diferentes entidades y personas.
4. Iniciación del funcionamiento de la empresa realizando un único proceso en un mismo lugar.
5. Disposición de excelente tecnología, para que los empresarios puedan realizar auto consultas y trámites virtuales para la creación y constitución de la empresa.
- Consulta de Homonimia: Antes de llevar a cabo su matrícula es muy importante que realice la consulta del nombre que pretende darle a su establecimiento de comercio o empresa. Hágalo a través de la página web www.rue.com.co o directamente en la Cámara de Comercio, pues un nombre ya existente, no se podrá volver a matricular.
- Consulta de uso de suelo.
- Consulta de antecedentes marcarios y registro de marca.
- Elaboración de minuta.
- Diligenciamiento de formulario de Registro Único Empresarial y social RUES
- Preinscripción en el Registro Único Tributario RUT y asignación de NIT.
- Inscripción y matrícula en el Registro Mercantil.
- Expedición del Certificado de Matrícula Mercantil o de Existencia y Representación Legal.
- Inscripción de libros de comercio.
- Inscripción en el Registro de Industria y Comercio del municipio.
- Notificación de apertura del establecimiento de comercio a Planeación Municipal.
- Notificación de apertura del establecimiento de comercio a las secretarías de Salud, Gobierno y Medio Ambiente, CAM, Sayco y Acinpro, Invima y Cuerpo de Bomberos.
- Asesoría sobre derechos de autor por ejecución pública de obras musicales.
De conformidad con la Ley 232 de 1995 y su Decreto reglamentario, es obligatorio para el ejercicio del comercio, que todos los establecimientos abiertos al público reúnan los siguientes requisitos:
1.Cumplir con las normas de uso del suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y destinación: Comprende la verificación de la ubicación del establecimiento y su actividad a desarrollar, cumpliendo con las normas urbanísticas del (P.O.T) y sus decretos complementarios, informándole al comerciante sobre la conformidad o no en el uso del suelo (Este trámite no tiene ningún costo).
2.Cumplir con las condiciones sanitarias: El cumplimiento de las condiciones sanitarias deberá sujetarse a lo previsto en la Ley 9 de 1979 y en las demás normas que regulen esta materia. Comprende todas las normas de higiene y sanidad que cumplir los establecimientos de comercio, así como los requisitos básicos establecidos para las unidades comerciales cuya actividad está relacionada con el consumo y la manipulación de alimentos, especialmente.
3.Cancelar el valor correspondiente a derechos de autor: Aquellos establecimientos donde se ejecutan públicamente obras musicales a través de medios de radiodifusión, deben realizar el pago de derechos de autor ante la autoridad legalmente reconocida.
4.Tener matrícula mercantil vigente: El empresario y sus establecimientos de comercio deben matricularse ante la Cámara de Comercio de su jurisdicción, y renovar la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de cada año.
5.Comunicar a la Oficina de Planeación sobre la apertura del establecimiento de comercio: Esta obligación es realizada a través del CAE, por lo que el empresario al momento de efectuar la matrícula mercantil está comunicando a la Oficina de Planeación del Municipio de Neiva sobre la apertura de su establecimiento de comercio, sin que ello le genere costo alguno.
6.Cumplir con las normas mínimas de seguridad: Abarca las medidas mínimas de seguridad, que deben tener en sus unidades comerciales, tales como: extintores, botiquín, señalización, y adecuada estructura del cableado eléctrico, entre otros. Esta verificación la realizará el cuerpo de Bomberos del Municipio.
7.Encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Turismo: Las autoridades municipales al momento de realizar visitas de control, pueden exigir a los propietarios de los establecimientos de comercio el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Turismo, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.
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- Las personas jurídicas deben registrar el libro de Actas del máximo órgano social (Junta de Socios o Asamblea de Accionistas), y el libro de Registro de Socios o Accionistas, según corresponda.
- Reportar información financiera real de acuerdo con el balance de apertura o con el balance general con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- Diligenciar completa y correctamente el formulario RUES con sus correspondientes anexos, según sea el caso.
- Renovar la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de cada año.
- Informar los cambios que surjan en desarrollo de la actividad comercial de su empresa. (Cambios de dirección, denominación, teléfono, correo electrónico, actividad.)
- Informar oportunamente sobre el cese de actividades comerciales y/o cancelar su matrícula.
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Si usted es régimen simplificado estará obligado(a) a:
- Inscribirse en el RUT al momento de iniciar su actividad económica.
- Llevar Libro Fiscal de registro de operaciones diarias.
- Exhibir en un lugar visible de su establecimiento de comercio el RUT correspondiente a Régimen Simplificado y expedir copia del mismo en la primera venta o prestación de servicios que realice a un responsable del Régimen Común.
- Actualizar el RUT cuando presente cambios en la actividad comercial, dirección, etc.
- Informar a la DIAN sobre el cese de actividades.
- Suministrar la información cuando la DIAN así lo requiera.
Si usted es régimen común, las obligaciones generales son:
- Inscribirse en el RUT al momento de iniciar su actividad económica o actualizarlo si está cambiando de régimen simplificado al común.
- Solicitar ante la DIAN, Resolución de autorización para facturar.
- Asumir el IVA en las compras que realice a los responsables del régimen simplificado, convirtiéndolo en agente de retención y por ende creando la obligación de presentar la declaración mensual.
- Cobrar y facturar el IVA, así como presentar la declaración de IVA.
- Presentar declaración de renta.
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Dentro de los 30 días siguientes a la iniciación de actividades, el contribuyente debe matricularse en la Cámara de comercio de Neiva – CAE, quedando inscrito ante la Secretaría de Hacienda Municipal para efectos del pago del impuesto de industria y comercio.
Una vez matriculado, el comerciante deberá:
• Declarar anualmente de acuerdo al calendario tributario que encontrará en la página web de la Alcaldía Municipal el impuesto de Industria y Comercio con la tarifa correspondiente por la actividad realizada y los ingresos brutos percibidos en el año anterior.
• Pagar el valor liquidado. Recuerde que el impuesto complementario de avisos y tableros equivale al 15% del impuesto principal.
• Para el pago anterior deben allegar el certificado mercantil o el de existencia y Representación legal del empresario.
• Comunicar cualquier novedad que reporte el negocio, como cambio de dirección, actividad, etc. dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de dicha novedad.
• Dentro del mismo término debe comunicar el cese de actividades, so pena de presentar la respectiva declaración.
• El formato requerido para realizar el pago lo podrán descargar en la página Web de la Alcaldía Municipal o podrán adquirirlo directamente en la entidad.
• No olvidar que las personas que no matriculen establecimiento de comercio de igual manera deberán cancelar el impuesto de Industria.
• El impuesto se paga sobre el valor total de los ingresos brutos recibidos por el contribuyente, tales como ventas, comisiones, intereses, honorarios, pagos por servicios prestados y todos aquellos originados o conexos con la actividad gravada.
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SERVICIOS ADICIONALES EN CÁMARA DE COMERCIO DE NEIVA
Renovación virtual con pago en línea:
A través de la página web: www.ccneiva.org link consultas y trámites en línea.
Dispensador de Certificados:
Habilitado afuera de las instalaciones de la Cámara de Comercio de Neiva, 24 horas y 7 días a la semana. Compre su pin en cualquiera de las ventanillas de la entidad.
Ventanilla Móvil:
A través del número telefónico 8713666 ext. 112 y 135 pueden solicitar el servicio de renovación a domicilio y sin costo adicional.